¿Cuál es el procedimiento para la Compra y venta de moneda extranjera?

Esta operación se encuentra disponible solo días hábiles, de 10 a 15 hs.

Desde Patagonia Móvil:

  • Inversiones > Comprar o vender moneda extranjera > Seleccioná la cuenta y moneda de origen > Elegí la cuenta y moneda destino > Ingresá el importe que querés vender o comprar > Verificá la información y si todo está bien, seleccioná Confirmar.

Desde Patagonia eBank:

  • Ingresá a la solapa Inversiones > Compra Venta de Moneda Extranjera > Seleccioná la cuenta y moneda de origen > Elegí la cuenta y moneda destino > Ingresá el importe que querés vender o comprar > Verificá la información y si todo está bien, seleccioná Confirmar.

#PadiTips: Podés simular diferentes montos las veces que desees. Solo finalizarás la operación al seleccionar el botón Confirmar.


Nuevas condiciones de acceso en el Mercado Libre de Cambios (MLC), para personas físicas, a partir del 14/04/25:

  • Podrás comprar moneda extranjera sin límite de monto para tenencia local (código A09) y para ahorro en cuentas en el exterior de titularidad de cliente (código A07), siempre que acrediten la capacidad económica correspondiente a través de ingresos y/o activos consistentes con el ahorro de moneda extranjera.
  • En operaciones en efectivo, se mantiene un límite mensual de 100 dólares por cliente en todo el sistema.
  • Las operaciones con dinero en cuenta no tienen restricciones.
  • Las operaciones de más de 100.000 dólares deben informarse con 48 hs de anticipación.
  • Se elimina la restricción cruzada de 90 días entre operaciones en el mercado oficial y operaciones bursátiles (MEP/CCL).
  • Queda sin efecto la exigencia de titularidad coincidente entre las cuentas de origen y destino en operaciones de dólar MEP y CCL.
  • Las nuevas importaciones oficializadas desde el 14/04/25 podrán acceder al MLC de forma inmediata. Las anteriores mantienen el plazo de 30 días.
  • Se amplían las facilidades para pagos anticipados y a la vista para MiPyMEs y bienes de capital no suntuarios, respetado ciertos topes sobre el valor FOB.
  • En cuanto a servicios desde el 14/04/25:
    • Con terceros no vinculados: se podrán pagar desde la fecha prestación o devengamiento.
    • Fletes de importación: podrán pagarse desde el arribo de la mercadería al país.
    • Entre empresas vinculadas: se reduce el plazo mínimo de espera de 180 a 90 días.
  • Se elimina el límite a la formación de activos externos en operaciones vinculadas a la importación de energía o combustibles (puntos 3.11.6 y 10.6.7 de las normas de Exterior y Cambios).

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